sábado, 16 de mayo de 2020

Resolución Ministerial Nro 1946 en apoyo de la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño


Resolución Ministerial Nro 1946
en apoyo de la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PODER EJECUTIVO
La Plata, 6 de Agosto de 1996
Vistas las presentes actuaciones por las cuales se procura declarar de interés provincial a la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño tendiente a fomentar el vínculo temprano de la madre con su hijo y a promover la lactancia natural,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF han lanzado la Iniciativa Hospital Amigo de los Niños que pretende adecuar las prácticas institucionales de las maternidades para la promoción de la Lactancia Materna;
Que la República Argentina ha adherido a esta iniciativa, redenominándola Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño;
Que este Ministerio, considera de importancia favorecer las prácticas de apoyo a la Lactancia Materna a través del Programa Materno Infantil realizando actividades para impulsar tal iniciativa;
Que la Lactancia Materna es una práctica natural que no debe perderse como modo inigualable de alimentación del niño constituyéndose en un derecho en los primeros tiempos de la vida a través de la promoción de una adecuada relación madre-hijo, previniendo además problemas de salud en el niño;
Que las prácticas institucionales relacionadas con el fomento de la Lactancia Materna dependen de la actitud del personal, como así también de las políticas de cada institución con relación a esta temática;

Por ello, y
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES
QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 2590/94
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar de interés provincial la Iniciativa Hospital Amigo de la Madre y el Niño.
Artículo 2º.- Facilitar el proceso de transformación de todas las maternidades en Hospitales Amigos de la Madre y el Niño.
Artículo 3º.- Invitar a las maternidades provinciales, municipales, de la seguridad social y del sector privado a integrarse a esta iniciativa de acuerdo a los lineamientos definidos por el Programa Materno Infantil.
Artículo 4º.- Por Secretaría General de la Gobernación, regístrese y vuelva al Ministerio de Salud, para su comunicación, cumplimiento y demás efectos.
RESOLUCION VI Nº 1946
Dr JUAN JOSE MUSSI
Ministro de Salud
de la Pcia. de Bs. As.

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